CONTRATOS OPS: ¿EL FEUDO MODERNO?

 

 

Durante las últimas campañas electorales territoriales en el Magdalena ha salido a la luz la presunta presión indebida que ejercen algunos gobernantes, directores y gerentes de instituciones públicas locales sobre quienes trabajan bajo la modalidad de contratos, especialmente,  de Prestación de Servicios (OPS). Esta figura, creada originalmente como un mecanismo excepcional para vincular de manera temporal, especializada y sin subordinación a profesionales que desarrollan tareas autónomas, terminó convirtiéndose en una vía para la precarización del trabajo en el sector público. Las OPS se utilizan en mayor medida para cubrir funciones permanentes, que en lugar de ser desarrolladas por empleados de planta, se asignan a contratistas sin la estabilidad y garantías que deberían tener par el caso. No obstante que los gobiernos incorporan en sus planes de desarrollo la promesa de la  “dignificación del empleo público”, en los hechos ocurre lo contrario: aumentan los contratos por prestación, acortan sus plazos y multiplican las renovaciones de forma bimestral o trimestral, lo que deja a los profesionales en permanente incertidumbre mientras se amplía el margen de maniobra política de las administraciones. Pero el costo no recae solo sobre los contratistas. También lo paga la institucionalidad, que pierde continuidad operativa, experiencia acumulada y memoria técnica cada vez que un cambio político decide quién sigue y quién sale. La precarización laboral es el nuevo feudo, basado ya no en la posesión de la tierra (el feudo) sino de la discrecionalidad de contratar servicios profesionales a cambio de servicios y lealtad política.

 

Los actuales gobiernos no son la excepción. La austeridad se ha convertido en la excusa perfecta para sostener la figura de las OPS. En VoxPública revisamos a través del SECOP II- plataforma transaccional para gestionar en línea todos los Procesos de Contratación- el registro de contratación directa del año en curso de las principales fuentes contratación pública local: Gobernación del Magdalena y Alcaldía Distrital. En el caso de la Gobernación no fue posible acceder a información correspondiente. De la Alcaldía de Santa Marta, solo hubo datos disponibles entre el 6 de agosto y el 13 de noviembre. El resultado es revelador: en ese periodo, el Distrito publicó 921 procesos de contratación directa, de los cuales 915 corresponden a contratos de prestación de servicios cuyos valores oscilan entre $5.000.000 y $40.000.000 para los cuales si bien se estipula un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre, se especifica un pago de entre 2 y 4 cuotas, en la práctica, corresponden generalmente al número de meses.

 

De acuerdo con la consulta a contratistas del Gobernación del Magdalena que prefieren que sus datos se mantengan en reserva, el esquema de contratación es muy similar al de la Alcaldía.

 

A esta modalidad de fragmentación se suma la lesión económica que sufren los contratistas por cuenta de los lapsos de tiempo que se generan entre una y otra renovación del contrato. En algunos casos estos intervalos suman hasta 4 meses en los cuales los contratistas deben trabajar sin expectativa de remuneración para demostrar “compromiso” con la administración. Bajo este esquema, los profesionales promedio trabajan 12 meses pero devengan entre 8 y 9 meses, por la necesidad. Este esquema de lejos fortalecer capacidades institucionales genera profesionales atrapados en un ciclo de inestabilidad, silencios obligados y dependencia política.

 

La reciente Ley 2466 de 2025, conocida como reforma laboral, introduce transformaciones significativas que podrían incidir directamente sobre la práctica de los contratos por OPS en el sector público, una de las más importantes: establece que los contratos por prestación de servicios no pueden renovarse de forma indefinida: hay un límite de cuatro años para este tipo de contratos. Si un contratista bajo OPS ha acumulado cuatro años consecutivos en ese vínculo, la entidad empleadora está obligada a convertir la relación en un contrato laboral a término indefinido.

 

En teoría esta Ley debería desincentivar el uso de las OPS y favorecer la creación de empleo para el desempeño funciones permanentes. Sin embargo, dadas las conocidas debilidades de algunos mandatarios por eludir las normas a través de “jugaditas”, en la práctica esto podría terminar siendo contraproducente. Por un lado, con el fin de evitar cumplir el límite de cuatro años -y con esto la demanda de contratos realidad- deliberadamente las administraciones podrían programar una mayor fragmentación, más rotación de personal y menos continuidad técnica. Y por otro, la ley podría favorecer que la formalización laboral en lugar de utilizarse como mecanismo para fortalecer la capacidad técnica y la memoria institucional se convierta en una simple recompensa política.

 

Lo que ocurre con las OPS no es un problema administrativo dentro del engranaje estatal. Estas obedecen a un modelo de poder que se ha alimentado de la vulnerabilidad de miles de profesionales condenados a la obediencia por miedo a quedarse sin contrato. Y mientras esa lógica se mantiene, ninguna reforma —ni la Ley 2466 ni la que venga— será suficiente para desmontar esta cultura política tan lesiva para profesionales, entidades territoriales e instituciones del Estado.

 

Algunos dirán que es un tema de presupuesto, de austeridad o de eficiencia. Pero no es tan así. Es más de voluntad de los gobernantes que estén dispuestos a renunciar a estas prácticas que perpetúan la precariedad ajena para mantener el poder político. Los contratistas no pueden seguir tratados como moneda electoral mientras se socava la capacidad institucional.

 

El verdadero cambio empieza cuando los gobiernos entiendan que dignificar el empleo público no es una opción: es la única frontera que separa a una democracia funcional de un feudo moderno maquillado de institucionalidad.

 

 

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