Bello Horizonte es un sector de Santa Marta ubicado sobre el borde de playa a 35 minutos del centro urbano que, por su localización y atributos paisajísticos, es considerado uno de los más atractivos de la ciudad. Durante los últimos años, este ha tenido un importante impulso en su ocupación no solo por las ventajas enunciadas, sino por la estratégica accesibilidad que habilitó la construcción de la doble calzada Ye de Ciénaga-Santa Marta. Pero, debido a las fallas crónicas de la planificación territorial de Santa Marta, del proceso de ocupación de Bello Horizonte resalta no solo el crecimiento urbano desordenado, sino los impactos negativos que dicho crecimiento generan en la oferta de servicios públicos, y en general, en la calidad de vida de la población actual. Con la adopción del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) “Santa Marta 500 años”, se esperaba corregir este desbocado proceso, pero contrario a esto, hubo cambios insospechados e injustificados en la categorización de dicho sector. Un “curioso” caso como el de Bello Horizonte, es digno de analizar para dimensionar la proporción de los daños que generan decisiones absurdas como que, la ciudad haya adoptado un POT sin los debidos fundamentos técnicos.
El artículo 118 del POT Jate Matuna (2000-2009), caracterizó al sector de Bello Horizonte así: […] a) Área Residencia Turística 1 ART-1 […] conformada por sectores de desarrollo turístico de densidad poblacional moderada, con poca oferta de espacios libres y deficiencias en las infraestructuras viales y de servicios públicos y sociales y proliferación de servicios sin control de localización, como Rodadero, Rodadero Reservado, Rodadero Sur y bello Horizonte.
Para quienes conocen Bello Horizonte, y en especial, para sus residentes la descripción que de este sector hace el Jate Matuna es consistente con las problemáticas no solo persistentes, sino agudizadas por cuenta del incontrolado crecimiento. En Bello Horizonte, no se han adelantado las obras necesarias para cubrir la demanda presente ni proyectada de infraestructura vial y servicios públicos, como tampoco se ha ejercido autoridad de control urbano para frenar el irregular desarrollo de actividades socioeconómicas. Para resumir, este sector no ha sido sujeto de una planificación que complemente las normas generales del POT con el fin de superar las deficiencias en equipamiento, espacio público o servicios.
Lo curioso del caso de Bello Horizonte es que estas problemáticas del sector fueron inadvertidas por el POT “Santa Marta 500 Años”. Según el artículo 118 de dicho POT, Bello Horizonte, fue clasificado como de «TRATAMIENTO URBANÍSTICO DE CONSOLIDACIÓN», lo cual, “Indica que hay redes viales, de espacio público, equipamientos y en general hay una estructura urbana aceptable, al igual que el espacio privado tiene un número significativo de predios construidos”. A sabiendas que este sector ha crecido de forma espontánea, sin un plan urbanístico, inevitable preguntar: ¿bajo qué criterios técnicos se justificó esta clasificación? ¿Cuáles y dónde están las cifras de cobertura de servicios públicos, redes viales y equipamiento urbano que respaldan la existencia de una “estructura urbana aceptable” en dicho sector?
Surge otra pregunta: ¿A quién le conviene esta clasificación de papel? Los únicos ganadores que se vislumbran son los constructores, que en lugar de presentar licencia de urbanización que es lo que se requiere para sectores en desarrollo, presentarían licencia de construcción para la cual, no es requisito presentar certificación de disponibilidad de servicios públicos expedida por las empresas de servicios públicos o autoridades municipales.
Así, se facilita el negocio de los depredadores urbanos, quienes a pesar de la crisis de servicios públicos acueducto y alcantarillado que atraviesa la ciudad, con la licencia de construcción en sus manos podrán exigir la vinculación de sus proyectos a dichos sistemas. Mientras estos ganan, la que pierde es la ciudad, pues de conformidad con el artículo 6° del Decreto 3050 de 2013: […] “los prestadores de servicios públicos de acueducto y alcantarillado tienen la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción”. Esto, a costa del deterioro de la calidad de los servicios para el resto de la ciudad, por lo menos, hasta tanto no se hayan desarrollado las obras que permitan mejorar y ampliar sus capacidades.
El curioso caso de Bello Horizonte es no solo una muestra de los efectos de la deficiencia técnica, sino de la ignominia de algunos gobiernos que con tal de favorecer a grupos de poder afines, han estrangulado el potencial de desarrollo de la ciudad.


11 Comments
Liliana Mercadal 16 Jul 2025
Clarisimo!!!! En Uruguay ocurre lo mismo. Muchas veces se categorizan zonas ,de manera tal de favorecer intereses meramente económicos. Se desvirtua el Ordenamiento Territorial.
Elizabeth Raigosa 16 Jul 2025
Magistralmente descrito y sustentado.
El Desarrollo no puede construirse sobre la precariedad.
Vox 27 Ago 2025
Gracias por tu comentario
INCOGNITO 16 Jul 2025
Gracias por exponer una triste realidad.
Ilva Salamanca 16 Jul 2025
Gracias por exponer la realidad de Bello Horizonte y concientizarnos de las necesidades de nuestra linda Santa Marta. Todos podemos poner un granito de arena en pro del desarrollo y bienestar de nuestra hermosa patria colombiana.
Claudia Salazar 16 Jul 2025
Siendo todo esto cierto, cabe la pregunta: Qué se puede hacer para detener este desarrollo? El Sector de Bello se parecerá a lo que es el Rodadero hoy.
Julian Caro Barrera 16 Jul 2025
Buen artículo.
Anónimo 16 Jul 2025
Gracias por la información. Mi interés era invertir en uno de los proyectos que anuncian ofreciendo maravillas que no tienen en cuenta la realidad a la hora de pensar en alcantarillado, electricidad entre otros, demás servicios indispensables para disfrutar de la propiedad.
Tito Martínez 16 Jul 2025
El POT lo elaboran y debaten políticos con presiones de fuerzas económicas de la ciudad, desconociendo los resultados de estudios técnicos de infraestructura, socio-económicos y ambientales.
Resultado de lo anterior, clasifican en Planeacion al sector de Bello Horizonte como ‘’Tratamiento Urbanístico de Consolidación’’, sin que para ello hagan caso omiso de la realidad que demuestra que no tenemos parques, iglesias, zonas de parqueo, andenes, jardines, vías pavimentadas y en buen estado, medidas de seguridad en el corredor ferroviario, obras de recolección de aguas lluvias y su alcantarillado pluvial, Red de alcantarillado de aguas residuales terminado, redes de acueducto con capacidad de surtir caudales de agua potable, iluminación de vías, redes del sistema contraincendio, arborización e infraestructura para la vigilancia policial. Así y todo nos clasifican en estrato 6 y ahora dan vía a generar en el sector una densificacion de construcciones y de población que impactan negativamente las playas, el medio ambiente y a quienes habitamos el sector. Debemos actuar sobre este asunto.
Camilo 13 Ago 2025
Una prueba más que la democracia es la imposición de leyes, pensamiento y obligaciones de tributos a unos para beneficio de otro pocos que en suma son quienes mediante dádivas imponen a los primeros cargas que deberían ser equitativas.
JAMES OSORIO 3 Sep 2025
El de acuerdo No. 011 del 2020 mediante el cual se adoptó el “POT 500 AÑOS” fue diseñado para la implementación de Planes Parciales dentro y fuera del área urbana, UN NEGOCIO que tiene nombre y apellido de quienes en la actualidad se benefician en sociedad limitada, el documento POT presenta ambigüedad en los planos soportes, toda vez que presenta Cinco (5) tratamientos urbanísticos con sus respectivas normas urbanas establecidas en el Plano FU-12 de Tratamientos Urbanísticos y los planos FU-19 Pre delimitación de Planes Parciales y FU-20 Planes de Escala Intermedia. los cuales van en contravía al Plano FU-12, dado a que tienen establecidas zonas que para ser desarrolladas deben realizar un Plan Parcial que tiene que ser aprobado por un Asesor contratado por parte de la Secretaría de Planeación Distrital desde el año 2017 hasta la fecha, estos planes parciales FRENAN EL DESARROLLO DE LA CIUDAD en materia de vivienda tanto de interés social como en el sector turístico, sin mencionar los planes sastre que han sido implementados sin la autorización de los propietarios de los predios.