¿Tienes una casa desocupada, un apartamento que todavía no has podido arrendar o un local comercial que lleva meses cerrado y aun así sigues pagando el servicio de aseo como si estuviera en funcionamiento? Lo que muchos propietarios desconocen es que la regulación colombiana contempla una tarifa especial para los inmuebles desocupados. No se trata de dejar de pagar por completo ni de un descuento que se aplique automáticamente en todos los casos, sino de una posibilidad legal que conviene conocer para evitar pagar de más por un servicio que no se utiliza en las mismas condiciones.
El servicio público de aseo es esencial para la salud pública y la limpieza de nuestras ciudades. Sin embargo, que sea esencial no significa que todos los inmuebles deban pagar exactamente lo mismo cuando sus condiciones son diferentes. Por eso, la regulación tarifaria contempla un tratamiento particular para aquellos predios que permanecen desocupados y no generan residuos sólidos para su recolección.
El fundamento jurídico de esta medida se encuentra en la regulación expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA). Para los prestadores sujetos a la metodología tarifaria correspondiente a municipios con más de 5.000 suscriptores, el artículo 5.3.2.3.7 de la Resolución CRA 943 de 2021 regula la tarifa aplicable a los inmuebles desocupados. Para otros prestadores existe una metodología diferente, por lo que debe verificarse cuál corresponde al lugar donde está ubicado el inmueble.
¿Y qué significa esto en la práctica? Que si una vivienda o un establecimiento comercial está realmente desocupado, su propietario, suscriptor o usuario puede solicitar a la empresa prestadora del servicio de aseo que le aplique la tarifa especial prevista para esa situación, siempre que cumpla los requisitos exigidos. Es una posibilidad que interesa tanto a quienes tienen una propiedad en Santa Marta como a quienes viven en cualquier otro municipio del país en el que resulte aplicable la regulación correspondiente.
¿Cómo se demuestra que un inmueble está desocupado?
No basta con afirmar que nadie vive allí o que el negocio dejó de funcionar. La condición debe acreditarse ante la empresa prestadora. La regulación contempla, entre otros documentos, la factura más reciente del servicio de acueducto en la que se evidencie que no hubo consumo de agua potable; la factura de energía con un consumo igual o inferior a 50 kilovatios-hora al mes; un acta de inspección del inmueble realizada por el prestador del servicio de aseo en la que conste su desocupación, o la carta de aceptación del prestador de acueducto de la suspensión del servicio por mutuo acuerdo.
La documentación exigible debe revisarse conforme a la norma aplicable al prestador y a las condiciones concretas del inmueble. Por eso, antes de presentar la solicitud, lo recomendable es consultar con la empresa cuáles son los canales habilitados y radicar formalmente la petición, conservando el número de radicado y los soportes aportados.
¿El beneficio significa que dejarás de pagar el aseo?
Aquí está una de las aclaraciones más importantes. La tarifa especial no equivale a una exoneración total. Aunque un inmueble desocupado no genere residuos para recoger, el servicio público de aseo comprende otras actividades que benefician a la comunidad, como el barrido y la limpieza de vías y áreas públicas, el corte de césped y la poda de árboles en espacios públicos. Por esa razón, algunos componentes del cobro pueden mantenerse, incluso cuando la propiedad permanece vacía.
Lo que busca la regulación es que al inmueble se le aplique la tarifa especial que corresponda, considerando que no presenta residuos para recolección en las condiciones previstas por la metodología tarifaria. En otras palabras, no es correcto afirmar que toda factura de aseo debe quedar en cero, ni existe un porcentaje único de descuento que pueda prometerse para todos los usuarios.
También hay que tener presente que la acreditación de la desocupación tiene, bajo la regulación citada, una vigencia de tres meses. Si el inmueble continúa desocupado, es necesario renovar la documentación cuando corresponda para mantener el beneficio. Aunque la norma contempla que el prestador pueda aplicar la tarifa de oficio, no conviene confiar en que lo hará sin verificarlo.
¿Qué puedes hacer si tienes un inmueble vacío?
Primero, revisa tu factura e identifica cuál es la empresa que presta el servicio de aseo. Después, consulta el procedimiento para solicitar la tarifa especial por inmueble desocupado, reúne los documentos que acrediten esa condición y presenta la solicitud formalmente. Si consideras que la empresa no aplicó la tarifa correspondiente o no respondió adecuadamente, puedes acudir a los mecanismos de reclamación previstos para los servicios públicos domiciliarios y, según el caso, presentar los recursos procedentes.
Conocer este derecho puede representar un ahorro para quienes mantienen una propiedad desocupada durante meses. Pero, sobre todo, permite que los usuarios comprendan cómo se determina lo que pagan y qué pueden exigir de las empresas prestadoras.
En VoxPublica creemos que la información jurídica debe servir para resolver problemas reales, no quedarse en los códigos y las resoluciones. Si tienes dudas sobre una factura de aseo, necesitas revisar un cobro o requieres acompañamiento para presentar una reclamación, puedes consultar los servicios de asesoría y representación jurídica de nuestro equipo.

